Amparan a niña con discapacidad para recibir una mejor pensión por orfandad por parte de Pemex

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Ciudad de México / 09.03.2025 14:58:00

Un Tribunal Federal amparó a una niña en situación de discapacidad para que su pensión de orfandad se calcule en los mismos términos que la pensión de viudez que Petróleos Mexicanos (Pemex) otorgó a su madre.

En 2021, la viuda de un trabajador, en representación de su hija, quien en ese momento tenía ocho años, presentó un juicio laboral contra la empresa productiva del Estado, a la que reclamó el otorgamiento de una pensión post-mortem tipo “D”, con motivo del fallecimiento de su esposo.

Durante el juicio se demostró que la menor vivía en una situación de discapacidad motriz e intelectual, misma que fue diagnosticada por un médico de la paraestatal.

El Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Tabasco dictó una sentencia en la que reconoció que la madre y la niña eran las únicas beneficiarias de los derechos derivados de la muerte del trabajador, al tener la calidad de viuda e hija, respectivamente. Además, ordenó a Pemex al otorgamiento de una pensión post-mortem.

No obstante, con basal en el Reglamento de Pensión Post-Mortem tipo “D” anexo al Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre Petróleos Mexicanos y el sindicato respectivo (bienio 2019 a 2021), el juez determinó las fórmulas de las pensiones.

El caso escaló y ahora el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito, con residencia en Villahermosa amparó a la niña, ya que determinó que los artículos 3, 8, 9 y 10 del mencionado reglamento, violan de los derechos humanos de igualdad y de seguridad social.

Por ello, ordenó que la cuantía de la pensión de orfandad debía calcularse con el mismo criterio que la pensión de viudez, sobre todo por la condición de la menor.

ROA

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