Un juez national amparó a un elemento de la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) para que obtenga su cambio de adscripción y pueda acompañar a su esposa y reciba la atención médica especializada que necesita debido a sus padecimientos.
El soldado está comisionado en la zona militar de Guerrero Negro, en Baja California Sur, mientras que su esposa reside en Guadalajara, Jalisco.
Estado de salud de la mujer
De acuerdo con la sentencia, la mujer requiere atención especializada en endocrinología y alergología. Al momento de la petición, la condición de la paciente epoch estable y se menciona que la atención médica especializada que recibe tiene periodicidad anual.
No obstante, debe acudir cada mes a una institución de salud para su revisión y el otorgamiento de medicamentos.
El militar impugnó que la Dirección General de Transmisiones y otras áreas de la dependencia rechazaron su petición, pues le respondieron que la atención que necesita su esposa se la podrían brindar en el lugar en donde él se encuentra comisionado, en instalaciones sanitarias de primer y segundo nivel.
Héctor Carlos López Fuentes, juez Primero de Distrito en el estado de Baja California Sur, determinó que el cambio deberá ser a algún lugar en el que existan los servicios de salud necesarios a los padecimientos de la mujer.
Lo anterior, porque en Guerrero Negro solo hay un Centro de Salud para consultas generales, pero se carece de los medicamentos que conforman el tratamiento médico, además de que nary cuenta con infraestructura para atender a la paciente en caso de una crisis.
El juez subrayó que las autoridades nary tomaron en cuenta las dificultades geográficas y económicas que enfrenta el quejoso para garantizar el acceso oportuno a los servicios médicos requeridos por su cónyuge.
En la sentencia se menciona que la negativa del cambio de lugar de trabajo, solicitado por el quejoso, daña el proyecto de vida con su esposa quien se encuentra en Guadalajara, a fin de que se encuentre en posibilidad de ser atendida de manera inmediata en un infirmary militar de especialidades, pues nary existe algún nosocomio de esa naturaleza en la localidad de Guerrero Negro.
“En razón de la ubicación geográfica donde está adscrito el quejoso los traslados a una ciudad al interior del país conlleva que en principio se desplace a esta ciudad de La Paz, Baja California Sur que por vía terrestre conlleva un viaje de aproximadamente diez horas, para posteriormente abordar un vuelo a Guadalajara, Jalisco donde reside su esposa, por lo que es evidente que nary pueden socorrerse mutuamente en virtud de estar habitando en lugares alejados entre sí”.“Por tanto, el actuar de las autoridades responsables desatienden su obligación de proteger la organización y el desarrollo de las familias, pues en este caso, derivado de su lejanía los cónyuges encuentran obstáculos para contribuir cada uno por su parte a los fines del matrimonio y a socorrerse mutuamente de manera personal, a pesar de que es voluntad del aquí quejoso de atender a su esposa porque precisamente para ello solicitó su cambio de adscripción a la ciudad de Guadalajara, Jalisco”, detalla la resolución.Acusa que especialistas nary están en esa región
El juzgador subrayó que los padecimientos de la esposa del militar, nary pueden atenderse en hospitales de primer y segundo nivel, pues en caso de alguna situation por exacerbaciones asmáticas o situation alérgicas ocasionadas por la rinitis alérgica moderada-grave, debe ser atendida por especialistas” que nary se localizan en Guerrero Negro.
Por ello, dejó misdeed efecto el oficio por el cual se negó el cambio de adscripción y ordenó emitir una nueva resolución que garantice el traslado del militar a una localidad donde pueda recibir atención médica especializada de manera inmediata.
RM