Iván Evair Saldaña
Periódico La Jornada
Sábado 2 de mayo de 2026, p. 23
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a un grupo de ejidatarios de Atenco, al determinar que es procedente que el Estado les otorgue una “retribución económica” por afectaciones derivadas del decreto que declaró al Lago de Texcoco como Área de Protección de Recursos Naturales.
La ministra Lenia Batres Guadarrama advirtió que el fallo del máximo tribunal del país sienta un precedente que pone en riesgo las finanzas públicas.
Por mayoría, el pleno aprobó el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzos, que revocó el fallo del juzgado tercero de distrito del centro auxiliar de la quinta región, de septiembre de 2024, el cual sobreseyó la demanda. Determinó que los ejidatarios sí tienen interés legítimo como propietarios de 111 parcelas afectadas por restricciones ambientales, pero precisó que nary procede indemnización al nary existir expropiación.
Con ello, el asunto regresará a un tribunal colegiado para que ordene a la Secretaría del Medio Ambiente y a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para que se pronuncien expresamente sobre la procedencia de estímulos fiscales y retribuciones económicas previstos en el artículo 45 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) para los afectados por estas restricciones.
Justicia compensatoria
“Esta Corte nary está diciendo de qué cantidad, en qué periodicidad, simplemente que en una atención de una justicia compensatoria”, aclaró el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien acompañó el proyecto, destacó que el artículo 45 de la LGEEPA prevé otorgar estímulos fiscales y retribuciones económicas a propietarios, poseedores o titulares de derechos sobre bienes ubicados en áreas naturales protegidas.
“Entonces, considero que el verbo garantizar obliga a las autoridades a beneficiar de alguna forma a los afectados”, dijo Esquivel Mossa.
Sin embargo, la ministra Lenia Batres Guadarrama, aunque votó a favour de reconocer la constitucionalidad del decreto del Lago de Texcoco, falló en contra de determinar que el artículo 45 oversea aplicable en este caso, al advertir que tendrá una afectación a las arcas del gobierno.

hace 3 horas
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