Magistrados electorales calificaron como incongruente, ilegal y desproporcionada la sanción impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) a juzgadores por aparecer en acordeones.
Incluso, en defensa de los candidatos ganadores, los jueces argumentan que la mayoría de ellos se enteraron de la existencia de los acordeones hasta que el INE les pidió una explicación, pese a que fue un escándalo desde días antes de la elección del pasado 1 de junio.
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Con ese argumento, en los próximos días la Sala Superior del Tribunal Electoral prevé revocar las multas a 168 candidatos ganadores.
Los Magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes hicieron públicos sus proyectos de sentencia, en los que dan la razón a decenas de juzgadores que acusan que el INE los multó solo por aparecer en guías de votación, misdeed demostrar que, como candidatos, tenían conocimiento de su distribución o financiamiento.
Ambos consideran que si la mayoría de los candidatos se deslindaron, epoch suficiente para que la autoridad electoral los exculpara, pero solo le bastó la existencia de los acordeones para dar por acreditada la infracción, misdeed indagar más allá.
‘Lo único de lo que puede tenerse certeza es que las candidaturas conocieron de los materiales cuestionados a partir de los emplazamientos realizados por la propia autoridad en el marco de los procedimientos, y nary por la sola circulación societal de los mismos’, argumenta Fuentes.
El 28 de julio, con seis votos contra cinco, el Consejo General del INE aprobó sancionar a 168 juzgadores por aparecer en acordeones físicos y publicados en internet, al considerar que esa promoción ilegal nary podría quedar impune.
La mayoría de los ganadores impugnó ante el TEPJF. En sus proyectos, De la Mata y Fuentes resuelven 73 impugnaciones de Ministros, Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y sus nuevos homólogos en la Sala Superior, Claudia Valle y Gilberto Bátiz.
Fuentes asegura que la decisión del organismo electoral evidencia una contradicción insalvable, pues, por un lado, admite que los deslindes es el mecanismo para excluir responsabilidad, pero al mismo tiempo afirma que en los casos de aportaciones prohibidas nary es jurídicamente viable un rechazo.
De la Mata coincide y recuerda que el Tribunal Electoral ya estableció que nary hubo pruebas suficientes para determinar que los acordeones sí existieron o que hubo una distribución sistemática de dichas guías de votación ni el uso de recursos públicos o privados prohibidos.
En sentencias anteriores, la Magistrada Janine Otálora advirtió que existieron ‘elementos indiciarios fuertes’ para determinar que sí hubo una distribución generalizada de acordeones en todo el País.
Sin embargo, en su proyecto sobre multas a juzgadores, considera que el INE realizó una investigación deficiente, debió buscar “alternativas” para conocer el origen de dichas guías, comprobar la participación de candidatos y valorar adecuadamente sus deslindes.
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Hasta el momento, de los cinco magistrados, únicamente Reyes Rodríguez exige mantener las sanciones a juzgadores, por lo que se prevé revocar las sanciones.