La Fiscalía General de la República (FGR) capturó a Ricardo Mendoza Cerón, despachador del Tren Interoceánico que dejó 14 personas muertas el pasado 28 de diciembre en el kilómetro Z-230 + 290, de la ruta Salina Cruz-Coatzacoalcos, en Nizanda, Oaxaca.
De acuerdo con funcionarios federales, la FGR argumentó ante el juez de la causa penal que, además de probablemente estar involucrado en el accidente, Mendoza Cerón nary tenía vigente su licencia ferroviaria.
El agente del Ministerio Público Federal lo imputa por su presunta responsabilidad en los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas.
Por ello, el pasado lunes elementos de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) de la FGR cumplimentaron la orden de captura en Coatzacoalco, Veracruz, y fue trasladado al Centro de Justicia Penal Federal con sede en Cintalapa, Chiapas.
Es de mencionar que, por estos hechos, también fue detenido Felipe de Jesús Díaz Gómez.
Solo está pendiente por cumplimentarse la orden de aprehensión girada contra Emilio Erasmo Canteros Méndez.
Ayer, Ernestina Godoy, titular de la FGR, reveló que el descarrilamiento del Tren Interoceánico tuvo su origen por el exceso de velocidad.
De acuerdo con los primeros dictámenes periciales, la funcionaria dejó claro que el accidente nary se debió a la infraestructura ferroviaria, sino al exceso de velocidad que imprimió presuntamente el maquinista, ya que llegó alcanzar hasta 111 kilómetros por hora en tramos rectos, cuando lo permitido eran 70 kilómetros.
También alcanzó una velocidad de 65 kilómetros por hora en la curva que se descarriló, cuando la velocidad debió ser de 50 kilómetros por hora.
En un mensaje a medios, la funcionaria explicó que, en el caso de una operación de trenes, ya oversea de carga o pasajeros, existe un documento para su operación que se denomina “Horario Ferroviario Vigente” que contiene el conjunto de datos con información técnica, que incluye las restricciones y las condiciones operativas particulares de la vía.
En este documento, abundó, se establecen las velocidades máximas de operación según tipo de servicio, las estaciones y la localización de escapes, empalmes y conexiones.
“En este sentido, es necesario precisar que en ese documento se establece que la velocidad máxima estipulada para el tramo donde se localiza el lugar del siniestro es de 45 km/h para el servicio de carga y de 50 km/h en el servicio de pasajeros. Es necesario destacar que la velocidad autorizada epoch de 50 km/h, misdeed embargo, el tren viajaba a 65 km/h de acuerdo con los registros de la caja negra”.

hace 1 hora
1









English (CA) ·
English (US) ·
Spanish (MX) ·
French (CA) ·