Fiscalía de CDMX publica nuevo protocolo para investigar feminicidios y transfeminicidios

hace 2 meses 31

En la Ciudad de México, cualquier feminicidio o transfeminicidio deberá investigarse “de manera inmediata”: en las primeras 72 horas para casos misdeed detenido y en 48 horas cuando haya un presunto responsable detenido.

Estas primeras 48 y 72 horas son vitales para realizar todas las actuaciones destinadas a resguardar cualquier indicio o dato de prueba que pudiera perderse con el paso del tiempo o ser susceptibles de destrucción, alteración o pérdida.

Así se establece en el acuerdo publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, mediante el cual, este sábado 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, entra en vigor el nuevo protocolo para la investigación de ambos delitos.

El acuerdo ordena, además, una investigación “más exhaustiva para la recopilación de datos, a fin de indagar el contexto de violencia de género” en torno a las víctimas.

En la investigación de “todos los casos de muertes violentas de mujeres cisgénero, mujeres trans y de personas cuya identidad y expresión de género se encuentren dentro del espectro femenino de género”, deberán intervenir nary solo detectives de la Policía de Investigación (PDI), sino también peritos y ministerios públicos, quienes deberán referirse a todas como "mujer", establece el protocolo.

La publicación detalla que “las primeras 48 horas lad clave en los casos en que se tenga a una persona detenida y señalada como probable responsable del feminicidio o transfeminicidio”.

En tanto, las primeras 72 horas “serán para los casos misdeed detenido, y se deberá cumplir con la investigación inmediata hasta concluir el procesamiento del lugar de intervención”.

Tras la recolección inicial de indicios, se deberá proceder a un análisis minucioso de todos los elementos y materiales probatorios obtenidos.

Esta fase permitirá “ampliar las intervenciones periciales, documentar de manera exhaustiva la identidad de la víctima y los episodios de violencia previos que derivaron en su muerte, así como posibles escenarios de suicidio o accidentes aparentes”.

La FGJCDMX destaca que, durante la investigación, con o misdeed presuntos responsables detenidos, se deberán establecer principios, criterios y herramientas analíticas “a fin de identificar, documentar e interpretar elementos o indicios que contribuyan a establecer si existieron razones de género o prejuicio que motivaron la privación de la vida de la víctima”.

Además, se contemplan criterios “para garantizar el respeto a la identidad de género de personas trans o de género diverso”.

Asimismo, el documento indica que se deberá garantizar a las víctimas indirectas de feminicidio y transfeminicidio el acceso a ayuda inmediata, asistencia, atención y protección, así como una notificación digna sobre la localización e identificación forense del cuerpo de la víctima.

¿Cómo será la entrega de cuerpos de las víctimas de feminicidio y transfeminicidio?

Una vez que se hayan verificado y agotado todas las diligencias, el cuerpo o restos de la víctima se entregarán en su totalidad a sus familiares directos.

Estos deberán indicar el lugar y fecha de la inhumación, a fin de que se puedan realizar las gestiones necesarias ante el Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses de la Ciudad de México para la entrega del cuerpo a la agencia funeraria que haya sido elegida, concluye el documento.

AIHC

Leer el artículo completo