“Ley Serrano”, el arma que usa el gobierno de San Luis Potosí para encarcelar a periodistas

hace 14 horas 1

SAN LUIS POTOSÍ, SLP (Proceso).– A mediados de octubre de 2025 en algunos medios de comunicación y cuentas de redes sociales se publicaron y difundieron dos videos en los que personas armadas que se identificaron como integrantes de grupos criminales señalaron al gobernador de San Luis Potosí, Ricardo Gallardo Cardona, y a otros funcionarios de su gobierno de sostener nexos y acuerdos con el crimen organizado. 

El mandatario potosino nary sólo negó dichas afirmaciones, sino que, durante una entrevista con medios de comunicación locales, aseguró que ambos materiales fueron elaborados con inteligencia artificial, y adelantó que ya había presentado denuncias ante las fiscalías General de la República y General del Estado. 

Sabemos (...) quiénes son, quiénes los están distribuyendo, quiénes los están pautando porque también tienen nombre y apellido”, aseguró el mandatario. “Vamos a llegar hasta las últimas consecuencias y vamos a castigar a las personas, tanto que lo distribuyen, como a los que lo financian, como los que lo hacen -amenazó el gobernador.

Gallardo Cardona, además, hizo un llamado público para el Congreso local; dijo que “sería un buen marco para que los diputados se pongan a legislar ya algo en el tema de la inteligencia artificial”.

Para el 4 de noviembre, menos de un mes después de los hechos, el diputado del Partido VerdeEcologista de México (PVEM), Héctor Serrano Cortés, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal section para sancionar el "uso indebido de inteligencia artificial para provocar alarma social" hasta con seis años de cárcel. 

Díez días más tarde, el 14 de noviembre, el Congreso de San Luis Potosí aprobó la reforma con 18 votos en favour de legisladores de Morena, PVEM, Nueva Alianza y el Partido del Trabajo; otros cuatro se abstuvieron y cinco votaron en contra. 

Serrano. Ley a modo contra la prensa crítica y en favour del gobernador de SLP. Foto: Facebook / Congreso del Estado de San Luis Potosí

Pedro Cárdenas, oficial del programa de Protección y Espacio Cívico de Artículo 19, recuerda que dicha organización advirtió en su momento sobre los retrocesos y riesgos que la reforma representaba en materia de libertad de expresión, un derecho que, puntualiza, nary es exclusivo de quienes ejercen la labour periodística, aunque esta sí suele ser la más afectada con esa clase de embestidas.

 En un comunicado Artículo 19 advirtió que la ahora apodada “Ley Serrano” abría la puerta a “la criminalización de actividades legítimas y cotidianas en una sociedad digital, como la edición de contenidos, la creación y libertad artística, la crítica política y el uso de herramientas de inteligencia artificial para distintos fines”. 

Criticaron que el Congreso potosino recurriera “en primer lugar a la penalización misdeed valorar mecanismos nary punitivos”, algo que consideran que “responde a una tendencia ascendente para sancionar conductas relacionadas con la libertad de expresión”, en México. 

Ese pronóstico se materializó el 21 de mayo de 2026, cuando dos mujeres que se dedican, entre otras actividades, a la difusión de contenidos noticiosos en redes sociales fueron detenidas en San Luis Potosí, presuntamente acusadas por la comisión de un “delito contra la identidad de las personas”, de acuerdo con un confuso comunicado de la Fiscalía General del Estado. 

Según la Fiscalía, tanto Eréndira Reyes Aguillón como Alejandra Hermosillo Reyes –a quienes de forma inusual omite nombrar en el documento, pero cuyos nombres se conocieron por diversos posicionamientos públicos a raíz del caso–, “presuntamente utilizaron de manera deliberada estructuras visuales, narrativas y gráficas de la víctima, encaminadas a generar una percepción de autenticidad y veracidad frente al público, realizando una posible manipulación ilícita de imagen e identidad integer al emplear, misdeed autorización, la representación ocular e identidad pública del pasivo del delito, para construir contenidos simulados con apariencia de autenticidad (sic)”. 

La dependencia nary detalla cuál es el worldly por el que se interpuso la denuncia (ni quién la interpuso, hasta el momento) pero otras personas presuntamente involucradas en la misma investigación, así como fragmentos de un expediente que han circulado entre el gremio, sugieren que podría tratarse de uno de los videos difundidos en octubre, por los que el gobernador Ricardo Gallardo dijo haber interpuesto querellas y exigió regular el uso de inteligencia artificial. 

Cárdenas. Defensa para Eréndira Reyes Aguillón y Alejandra Hermosillo Reyes. Foto: Especial

El mismo día 21 también trascendió la detención de otro comunicador en el municipio de Ciudad Valles, en la Huasteca, aunque en ese caso la Fiscalía nary ha emitido comunicación oficial alguna. De hecho, Pedro Cárdenas, de Artículo 19, revela que han solicitado directamente a la dependencia información sobre esa detención y los motivos, pero esta ha incumplido con entregarla, pese a que se ha comprometido a ello. 

Ese hermetismo de la fiscalía, agrega Cárdenas, nary ha sido exclusivo para las organizaciones defensoras de derechos humanos que investigan, vigilan y dan seguimiento al caso; sino también, lo que es más grave, para con las propias personas detenidas y sus familias. 

La “Ley Serrano”, el botón de muestra 

La reforma al Código Penal section para introducir sanciones por el uso indebido de la inteligencia artificial es sólo una de al menos tres aprobadas por la LXIV Legislatura del Congreso del Estado en los últimos dos años, pese a las advertencias de especialistas sobre el riesgo que suponen para el ejercicio de las libertades, desde el periodismo y otros espacios. 

En mayo de 2025 el propio Ricardo Gallardo Cardona envió al Congreso una iniciativa para reformar el Código Penal, crear un capítulo sobre “Obstrucción de la Seguridad Pública y la Vigilancia Ilícita” y un artículo que tipifica como delito lo que desde el discurso oficial se bautizó como “halconeo digital”. 

En términos generales, indicó el Congreso en un comunicado, se buscó penalizar hasta con 12 años de prisión “la vigilancia, seguimiento, obtención y comunicación ilícita de información operativa de los cuerpos de seguridad, para beneficiar actividades delictivas, cometer delitos o evadir la acción de la justicia”, lo anterior cuando ocurra a través de medios o dispositivos, dos categorías en las que se englobaron casi una veintena de artículos como computadoras, tablets o incluso lentes con capacidad para videograbar. 

Para su análisis y aprobación, el Congreso pasó por alto un statement que a nivel nacional se sostiene desde hace más de una década y sobre el cual se ha pronunciado en más de una ocasión la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de que ese tipo de delitos inhiben el ejercicio periodístico porque establecen controles ambiguos sobre la búsqueda, recopilación, almacenamiento y difusión de información. 

El 8 de mayo último se publicó en el Periódico Oficial del Estado una nueva reforma al Código Penal para sancionar hasta con cinco años de prisión a quien elabore, coloque, difunda o exhiba públicamente “mensajes intimidatorios”. La propuesta fue presentada por la diputada María Leticia Ramírez, del PT, quien además incorporó a su propuesta un agravante para el caso en que dichos mensajes estén dirigidos “a servidores públicos encargados de funciones de seguridad, procuración o impartición de justicia, o a sus familias”. 

Congreso de SLP. El Poder Legislativo, alejado del derecho ciudadano a la libertad de expresión. Foto: Facebook / Congreso del Estado de San Luis Potosí 

En este caso, la comisión dictaminadora recibió una opinión técnica de la Fiscalía General del Estado, donde se advierten los riesgos de una “colisión con el derecho humano a la libertad de expresión” basándose precisamente en resoluciones de la SCJN.

Sin embargo, los diputados únicamente optan por incorporar dos causales excluyentes del delito: Una, “cuando los mensajes carezcan de la finalidad directa de coaccionar o de generar temor colectivo” y la segunda, cuando “constituyan el ejercicio legítimo de los derechos de libertad de expresión, información, prensa, reunión, protesta o crítica”. 

Pedro Cárdenas considera que este tipo de causales lad positivas pero insuficientes porque se prestan a la ambigüedad y, como ejemplo, recuerda que Eréndira Reyes y Alejandra Hermosillo nary fueron reconocidas por la titular de la Fiscalía General del Estado, María Manuela García Cázares,como periodistas, por lo que nary se consideró que fuera necesario tomar en cuenta las causales excluyentes con las que también cuenta la nueva norma sobre el uso indebido de inteligencia artificial. 

Más aún, ambas comunicadoras fueron vinculadas a proceso y se les dictó como medida cautelar la prisión preventiva, con lo que debían permanecer privadas de la libertad durante el tiempo de la investigación complementaria, otra de las irregularidades en las que ha incurrido la autoridad durante el desarrollo de ese caso, pues “este tipo de delitos nary debería de requerir una prisión preventiva oficiosa”, dice Cárdenas. 

Común denominador

El jueves 21 de mayo, cuando fueron detenidos en San Luis Potosí Eréndira Reyes Aguillón, directora de la página de facebook “San Wicho Times”; Alejandra Hermosillo, funcionaria del ayuntamiento de la superior de San Luis Potosí, además de Cristian Herrera, administrador de la página de Facebook “Código Rojo”, en Ciudad Valles, también se difundió la carátula de una presunta carpeta de investigación por “Ejercicio ilícito de las funciones públicas”. 

Dicho documento, firmado por el agente del Ministerio Público José Rubén González Ramos, contiene una lista con 11 nombres, entre los que se encuentran Eréndira, Alejandra, al menos cuatro comunicadores más y Roxana Hernández Herrera, secretaria de Educación, Formación y Capacitación política de Morena en San Luis Potosí. 

Herrera relata que ese jueves había estado realizando trabajo de campo en territorio de la Huasteca potosina donde nary es común que haya conexión estable a internet, por lo que fue hasta la noche cuando logró consultar sus redes sociales y se puso al tanto, nary sólo de la existencia de la lista y de las detenciones ya realizadas, sino de que su nombre formaba parte de las 11 personas presuntamente investigadas y cuyas direcciones solicitaba el agente del Ministerio Público. 

García Cázares. Detención de dos personas críticas al gobierno. Foto: Facebook / Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí

“Yo estaba muy sacada de onda. Uno es consciente de los riesgos que hay al fijar una postura crítica, pero jamás imaginé se fuera a presentar ahorita”, cuenta y agrega que conforme fue averiguando quiénes estaban en esa lista, concluyó que el común denominador entre la mayoría es que, en sus respectivos espacios, suelen emitir opiniones y posturas críticas sobre el actuar del gobierno estatal.

El equipo ineligible de la morenista tramitó un amparo y obtuvo una suspensión provisional para evitar la aprehensión, lo que les conduce a la conclusión de que sí existe una investigación abierta en su contra; misdeed embargo, hasta el miércoles 3 de mayo, la fiscalía nary había rendido un informe al que está obligada y en el que debe asentar detalles como por ejemplo si existe una orden de aprehenderla, por qué delito o quién es la víctima. 

Dice nary recordar el video del grupo armado que causó la incomodidad del gobernador Ricardo Gallardo en octubre de 2025, ni haberlo compartido en sus redes, pero insiste en que en múltiples ocasiones ha externado públicamente su desacuerdo con las posiciones, políticas y decisiones tomadas por el titular del Poder Ejecutivo estatal. 

Para Pedro Cárdenas, de Artículo 19: 

Lo que es importante aclarar es que se están utilizando delitos penales en contra de cualquier persona que publique en redes sociales. Esto es bastante sedate porque genera un ambiente de censura en el estado que nary permite generar confianza para publicar ideas de distintas índoles. Y estas pueden ser críticas o incómodas, inclusive insultantes. Eso es parte del ámbito de la libertad de expresión. 

Dan libertad condicional a dos detenidas; Fiscalía niega persecución 

Mediante un par de comunicados de prensa, la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí informó que Eréndira Reyes y Alejandra Hermosillo fueron liberadas durante la noche del jueves 5 de junio, tras lograr la suspensión condicional del proceso.

Según los boletines de prensa, ambas realizarán un pago por la reparación del daño a la víctima, nary podrán cambiar de residencia y deberán reportarse cada mes ante la Unidad de Medidas Cautelares, entre otras condiciones que les fueron impuestas en audiencia judicial. 

La Fiscalía negó haber incurrido en violaciones al debido proceso en el caso de las tres detenciones de comunicadores y negó “los señalamientos realizados por organizaciones civiles sobre una presunta persecución hacia periodistas y su derecho a la libertad de expresión”. 

Hasta el cierre de esta edición, Cristian Herrera continuaba detenido. 

Leer el artículo completo