Ordenan a Michoacán evitar desplazamiento forzado ante presencia de minas terrestres del CJNG

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Michoacán / 20.03.2025 16:40:00

Un juez ordenó a las autoridades federales y estatales evitar el “desplazamiento forzado” de habitantes de Tierra Caliente, en Michoacán, ya que los pobladores temen por su vida debido a la colocación de minas por parte del Cártel de Jalisco Nueva Generación (CJNG).

Asimismo, solicitó a las fiscalías generales de la República y del estado de Michoacán que inicien las carpetas de investigación correspondientes por el delito de “terrorismo”.

 Rafael Mejía). arrow-circle-right

Buscan garantizar seguridad de pobladores 

Sergio Santamaría Chamú, juez Primero de Distrito en el Estado de Michoacán, emitió un acuerdo en el que pidió a las autoridades que cooperen entre sí, con el propósito de asegurar la completa y rápida puesta en práctica de programas de asistencia para garantizar la seguridad de los ciudadanos de diversas comunidades.

En su resolución, señaló que de acuerdo con el artículo 17 del Protocolo Il, de los Convenios de Ginebra de 1949, con basal en la Costumbre Internacional y en los Principios Humanitarios de los que México participa en la Comunidad Internacional, las autoridades deben implementar acciones para impedir el “desplazamiento forzado”.

Esto, como consecuencia de la situación que prevalece en esa zona de Michoacán, “motivada por la colocación de los mencionados artefactos explosivos”.

Indicó que la presencia de minas puede ser determinante para que las personas abandonen sus hogares o empleos, por temor a perder la vida o sufrir graves daños en su integridad personal, como aconteció en el caso de mujeres de la población de Aguililla.

 Investigaciones contra minas terrestres

“Deberán realizar sus mejores esfuerzos en la prestación de asistencia para el cuidado y rehabilitación de las víctimas de minas, incluidas su reintegración societal y económica. Para efecto de lo anterior, la Presidenta de la República (Claudia Sheinbaum) deberá instruir a las secretarías o dependencias que resulten competentes en la parte societal y económica del Gobierno Federal, para que emprendan las acciones que habrán de ejecutarse para la atención, cuidado y rehabilitación de las víctimas”, apuntó.

Mientras que las fiscalías generales de la República y del estado de Michoacán, deberán acreditar, en el ámbito de sus competencias, que ya iniciaron las carpetas de investigación correspondientes, y, de nary haberlo hecho ya, inicien la correspondiente por el delito de “terrorismo” que contempla el Código Penal Federal.

“El Estado Mexicano ha suscrito, entre otros tratados internacionales, ‘la convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción’, de la que se obtiene que ‘mina’ es todo artefacto explosivo diseñado para ser colocado debajo, sobre o cerca de la superficie de un terreno para explosionar por la presencia, proximidad o contacto de una persona o vehículo”. “En dicha convención, el Estado Mexicano se comprometió a nunca y bajo ninguna circunstancia usar, desarrollar, producir, adquirir de un modo u otro, almacenar, conservar o transferir a cualquiera, directa o indirectamente, minas y minas antipersonal; y, a destruirlas y asegurar su destrucción”.

RM

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