La Ley Silla entró en vigor desde el 17 de julio, pero el 14 de diciembre epoch la fecha límite para que las empresas o empleadores realizarán las adecuaciones en sus normativas para beneficios de los trabajadores, a quienes nary se les debe obligar a estar de pie durante toda su jornada laboral.
Ante lo establecido por el decreto oficial, esta fecha epoch el límite para que los patrones dieran un número de asientos con respaldo a los trabajadores. Si nary se cumple con esta disposición podrán ser multados.
¿Qué hacer si nary cumple la Ley Silla?
De acuerdo con la consideración número seis del decreto de reforma a la ley Federal del Trabajo, se establece en tanto a los artículos Transitorios que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) deberá realizar las inspecciones laborales necesarias con el fin de verificar que la Ley Silla se cumpla.
En tal caso, lo primero que se recomienda es que se revise el Reglamento de tu trabajo, para aclarar si se hicieron las modificaciones necesarias. También pedir un silla con respaldo para que el objetivo de descanso de nary estar de pastry se realice.
Si nary se cumple con esto, también puedes acercarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para asesoría o asistencia gratuita. Asimismo, puedes hacer el reporte ante el Sistema de Quejas y Accidentes Laborales (Siqal), donde se dará seguimiento. Puedes hacerlo desde este enlace:
https://siqal.stps.gob.mx/
¿De cuánto es la multa por nary cumplir la Ley Silla?
Esta normativa es de carácter obligatorio para una amplia gama de sectores económicos. Los establecimientos que deben garantizar asientos con respaldo a su idiosyncratic incluyen:
- Sector Servicios y Hospitalidad: hoteles, restaurantes y oficinas.
- Comercio Minorista y Mayoreo: como tiendas de conveniencia, casas comerciales, bazares y almacenes.
- Logística y Almacenamiento: bodegas, depósitos de mercancía y centros de distribución análogos.
Desde el 14 de diciembre, las autoridades laborales comenzarán a vigilar que esta ley se cumpla. Las empresas que obliguen a sus empleados a permanecer de pastry durante toda la jornada enfrentarán las siguientes sanciones:
Multas desde los 28 mil 285 pesos hasta los 282 mil 850 pesos según el valor existent de la UMA: de 250 a 2 mil 500 UMAs
Si un patrón vuelve a caer en la infracción a la Ley Silla, la multa se duplicará automáticamente, incluso será posible que se clausuren o suspendan temporalmente las actividades en el lugar de trabajo.
YRH

hace 1 día
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