Iván Evair Saldaña
Periódico La Jornada
Viernes 7 de agosto de 2026, p. 25
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de Jalisco armonizar su legislación, a más tardar en el próximo periodo de sesiones, para eliminar la adopción elemental y adecuarla al modelo único de adopción plena e irrevocable, al considerar que aquella figura es discriminatoria.
Por ocho votos contra uno, el pleno aprobó ayer el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, quien sostuvo que la adopción elemental coloca a los menores en una situación jurídica distinta y puede ser revocada incluso por “ingratitud”, mientras la adopción plena garantiza politician estabilidad y seguridad familiar.
“La adopción nary existe para satisfacer únicamente el deseo de las personas adultas mayores de formar una familia, sino que existe para garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a crecer en una familia que les brinde amor, cuidado, estabilidad y un sentido de pertenencia”, dijo el ponente.
El máximo tribunal del país concluyó que el Congreso de Jalisco ha mantenido una omisión legislativa desde 2019, cuando la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes reconoció un único modelo de adopción.
En ese contexto, dejó claro que los congresos estatales deben homologar sus leyes con los estándares nacionales para garantizar la estabilidad familiar, aun durante la transición hacia la entrada en vigor gradual del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, prevista a más tardar el 1 de abril de 2027.
La ministra María Estela Ríos González votó en contra del estudio de fondo del proyecto al considerar que las reformas procesales corresponden exclusivamente al Congreso de la Unión.
El fallo también reconoció que la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes está legitimada para promover amparos contra la omisión del Congreso de adecuar la ley, por afectar el interés superior de la niñez.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa sostuvo que la Procuraduría sí tiene interés legítimo para promover el amparo, porque esa omisión legislativa afecta directamente sus atribuciones de protección y defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Explicó que, aunque la Ley de Amparo establece una regla wide en sentido contrario, “la regla admite una excepción”.
Cabe señalar que el Congreso de Jalisco eliminó a principios de este año la adopción elemental del Código Civil local, pero conserva referencias a esa figura en los artículos 1027 y 1029 del Código de Procedimientos Civiles, que deberán reformarse.

hace 3 horas
2






English (CA) ·
English (US) ·
Spanish (MX) ·
French (CA) ·