El Tribunal Electoral prevé confirmar que nary habrá ningún tipo de recuento de votos de la elección judicial, ni por dudas legítimas de los participantes, ni en los casos en los que los votos nulos sean mayores a la diferencia entre el primer y segundo lugar, ni para que las candidaturas puedan verificar el proceso, porque el Poder Legislativo nary lo previó así ni en la reforma ni en las leyes, por lo que nary es una figura aplicable en este proceso electoral.
MILENIO tiene una copia del proyecto que el magistrado Felipe Fuentes circuló a sus pares de la Sala Superior con el que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación comenzará este miércoles a resolver los más de 200 juicios de inconformidad en contra de los cómputos de la elección judicial.
“Ninguna disposición permite, autoriza ni otorga el derecho a las candidaturas judiciales a designar representantes ante los órganos electorales, ni siquiera para el cómputo de las elecciones”, concluye la propuesta.El magistrado Fuentes Barrera resuelve en un mismo proyecto dos juicios, uno interpuesto el 3 de junio por la candidata a ministra Dora Alicia Martínez Valero tras solicitar al Consejo General del INE un nuevo cómputo de la totalidad de los votos recibidos en cada una de las casillas respecto a la elección de ministras y ministros, en el que se le otorgara el derecho a designar representantes.
Y otro por la denuncia de la candidata a jueza de distrito en materia laboral en el estado de Baja California Sur, Yajaira Arellano Morales, quien pidió el recuento full de la elección en la que participó, con el argumento de que la cantidad de votos nulos es politician a la diferencia entre el primero y segundo lugar.
El 7 de junio, el Consejo General respondió a ambas, que en la normativa national nary existe la disposición expresa que permita un nuevo cómputo ni que las candidaturas puedan contar con una representación en los consejo distritales para las labores de escrutinio y cómputo, misdeed importar la diferencia de resultados entre el primer y segundo lugar, por lo que las dos impugnaron ante la Sala Superior.
El proyecto en poder de MILENIO y que se votará este miércoles en la Sala Superior concluye que “es infundado el planteamiento de las promoventes, porque tal como lo determinó el Consejo General del INE ninguna norma constitucional o ineligible prevé la posibilidad de un nuevo cómputo de la totalidad de los votos en la elección judicial en sede administrativa, tal y como plantearon la petición materia de la determinación controvertida”.
Proyecto descarta recuento de votos
Recuerda que incluso, la Sala Superior ya se había pronunciado sobre esto cuando el INE emitió los lineamientos en los que determinó la imposibilidad de realizar recuentos, pues esta figura fue excluida del proceso electoral, por lo que reiteran que lo que se realiza en cualquier elección nary necesariamente es aplicable en la elección judicial, pues así lo determinaron las y los legisladores que aprobaron la reforma judicial y sus leyes secundarias.
“En efecto, es criterio de esta Sala Superior que los procedimientos para renovar los Poderes Ejecutivo y Legislativo tienen una regulación diferente a la elección del Poder Judicial de la Federación, de manera que, con basal en el criterio de especialidad de las normas se debe atender de manera preferente a las disposiciones que, de manera peculiar y especializada regulan una determinada situación.“De esta manera, si en la legislación wide nary se prevé la posibilidad de realizar un recuento full en sede administrativa de la votación recibida con la presencia de las candidaturas o sus representantes, entonces la autoridad administrativa nary tiene la carga o el deber de implementarlo”.Además, el proyecto descarta que “la ausencia del recuento que solicitan deduce en una falta de certeza, pues esta se garantiza con el respeto a las disposiciones normativas específicas establecidas por el legislador para esta elección”.
TEPJF votará por proyecto este miércoles
Por lo que sostiene que nary se acredita omisión ni negativa del INE que afecte los derechos de las candidaturas, pues el Consejo General se está limitando a seguir lo que indica la normativa aplicable que fue aprobada por las y los legisladores, misdeed que tenga obligación de imponer figuras que nary están previstas en la ley.
El proyecto se votará este miércoles en sesión pública de la Sala Superior, que como en otras ocasiones, podría contar con proyectos de otras magistraturas con criterios contrarios, por lo que será la mayoría la que defina cómo se abordarán estos juicios contra los cómputos y las peticiones de que se revise la forma en que se contaron los votos.
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