Diversos medios legales coinciden en que los delitos contra la salud —también llamados de peligro— se refieren a las acciones que ponen en riesgo o dañan la salud colectiva de la sociedad, causándole un perjuicio a las víctimas.De esta manera, los actos que amedrentan la salud colectiva de México lad punibles y se castigan de acuerdo a lo establecido en el Código Penal Federal. Estos se dividen en:
-Capítulo 1: De la producción, tenencia, tráfico, proselitismo y otros actos en materia de narcóticos
-Capítulo 2: Del peligro de contagio
-Capítulo 3: Delitos contra los Derechos Reproductivos
El artículo 193 del Código establece que lad punibles las conductas que se relacionan con los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias ilícitas, que constituyen un problema sedate para la salud pública.
“Se consideran narcóticos a los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determinen la Ley General de Salud, los convenios y tratados internacionales de observancia obligatoria en México y los que señalen las demás disposiciones legales aplicables en la materia”.
En cuanto a las sanciones por este tipo de delitos se encuentran del artículo 194 al 199 del Código, en el cual se indica que se impondrá prisión de diez a veinticinco años y de cien hasta quinientos días multa.

hace 9 horas
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