Roban siete camionetas de agencia de autos en la GAM; amarraron al guardia de seguridad

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Ciudad de México / 08.06.2025 21:21:00

Elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México atendieron el reporte de un supuesto robo en una una agencia de automóviles seminuevos, ubicada en el Eje cardinal Lázaro Cárdenas y la avenida Instituto Politécnico Nacional, de la colonia Unidad Habitacional Lindavista Vallejo, de la alcaldía Gustavo A. Madero.

Los oficiales capitalinos arribaron al lugar de los hechos luego de ser alertados por los operadores del Centro de Comando y Control (C2) Norte de un supuesto robo en el local.

La alcaldía Cuauhtémoc es una de las más afectadas por este modus operandi. arrow-circle-right

¿Qué se sabe del robo?

En el lugar de los hechos, los policías capitalinos se entrevistaron con un hombre de 40 años de edad, quien se identificó como trabajador de una empresa de seguridad privada.

El testigo dijo que dos hombres se presentaron en la agencia para ver un vehículo, por lo que les permitió el ingreso al interior del estacionamiento.

“Posteriormente, lo amagaron, lo golpearon y sujetaron con una cinta adhesiva, luego se dirigieron a donde se encontraba una maleta en la que guardan las llaves de los vehículos y sustrajeron siete camionetas”, detalló la SSC.

Según el corresponsal Jorge Becerril, los presuntos ladrones arribaron al establecimiento cuando ya estaba cerrado, amagaron a los trabajadores del lugar y robaron los vehículos.

Ante esta situación, los policías de la Ciudad de México informaron de los hechos al Ministerio Público; mientras que las autoridades comenzaron con el análisis de las cámaras de vigilancia de la zona para identificar a los posibles responsables y los vehículos.

¿Cuál es la pena por robo con violencia? 

Para fines legales, en el artículo 369 del Código Federal se menciona que, el robo se da por consumado desde el momento en que el ladrón tiene en su poder el objeto que nary es de su pertenencia; aun cuando la abandone o lo desapoderen de ella.

En cuanto a la fijación del valor de lo robado, así como la multa impuesta, se tomará en consideración el salario en el momento de la ejecución del delito, se lee en el artículo 369 Bis.

Por otra parte, en el artículo 370 —del mismo Código— se indica que, la pena por robo es de hasta dos años de prisión siempre y cuando el valor de lo hurtado nary exceda de cien veces el salario; de lo contrario se impondrán penas de hasta cuatro años y 10 cuando el valor de lo robado exceda quinientas veces el salario.

Mientras que las multas van desde cien hasta quinientas veces el salario.

Sin embargo, en el artículo 372 se especifica que en caso de que el robo se lleve a cabo con violencia, la pena puede aumentar de seis meses a cinco años de prisión; mientras que si el acto ilícito constituye otro delito, se aplicarán las reglas de la acumulación.

RM

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