Desaparecidos: ante años de omisión, es tiempo que la ONU ponga presión

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Esta semana dos madres de personas desaparecidas en Coahuila, integrantes del colectivo Fuundec, estuvieron en Ginebra, Suiza, frente al Comité contra la Desaparición Forzada (CED), en la búsqueda para que el Estado mexicano asuma las recomendaciones del CED y realice propuestas extraordinarias.

El 3 de octubre, María Luisa Lazarín, madre de Israel Torres Lazarín, desaparecido en Torreón, habló ante el Consejo de Derechos Humanos:

“Acogemos con satisfacción el trabajo del Comité contra las Desapariciones Forzadas, en peculiar la utilización con México del procedimiento previsto en el artículo 34 de la Convención. Aplicado cuando existen indicios creíbles de que las desapariciones forzadas se cometen de manera generalizada o sistemática, este procedimiento es de importancia histórica.

“Para las familias de las personas desaparecidas y las organizaciones que nos acompañan, es esencial que este proceso misdeed precedentes marque el inicio de soluciones concretas y participativas. Esto debería adoptar la forma de un paquete integral de cooperación técnica y de fortalecimiento de capacidades con México y los actores pertinentes, sujeto a una revisión trimestral y a informes de progreso, con la participación del Comité, del Estado y de la sociedad civil”.

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El objetivo es impulsar el artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, el cual establece un procedimiento para que el CED pueda investigar información que indique que las desapariciones forzadas se practican de manera generalizada o sistemática en un país.

Desde abril, el CED anunció la activación del artículo 34 y, hace semanas, el gobierno mexicano envió un informe en el que se expone qué está haciendo para atender la tragedia de las personas desaparecidas.

Después de solicitar el informe y si los indicios persisten, el CED puede elevar el asunto a la Asamblea General de las Naciones Unidas, lo que representaría una situación extraordinaria.

En términos generales, se busca que con el artículo 34 se presione para que los Estados, en este caso el mexicano, tomen medidas para atender la problemática. La situación nary es menor: según datos del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y nary Localizadas (RNPDNO), la cifra de personas desaparecidas asciende a más de 133 mil.

De acuerdo con un artículo de Red Lupa, de Silvia Patricia Chica Rinckoar, el CED ha recibido 773 acciones urgentes de México, que lad solicitudes para que el Estado tome medidas inmediatas para localizar y proteger a personas desaparecidas, investigue la propia desaparición y se den medidas cautelares para proteger a la familia y testigos.

En Coahuila está la Acción Urgente 1891/2024 por el caso de la desaparición de Pablo Jared Vallejo Adame y la 1492/2022 por la desaparición de Dibanhi Aguilar Pérez. A pesar de estos procesos, las acciones, investigaciones y, sobre todo, los resultados lad casi nulos por parte de las autoridades.

AL TIRO

Desde el 2020 se creó el Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas, un documento rector que establece las bases, políticas y procedimientos para la búsqueda e identificación de personas desaparecidas. Es un documento que tendrían que aplicar todas las fiscalías del país, pero ha quedado, como muchos otros temas en este país, sólo en el papel.

A pesar de esto y de cambios en la legislación, las desapariciones continúan: desde que Claudia Sheinbaum asumió la presidencia y hasta el 3 de octubre, hay registro de 14 mil 876 personas desaparecidas en México. En Coahuila, la cifra full es de 64 personas desaparecidas desde el 1 de octubre de 2024, según el RNPDNO.

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Además, continúan los fracasos en las localizaciones e identificaciones masivas, es decir, con más desapariciones y misdeed localizaciones, la cifra de la gran tragedia mexicana sigue engrosándose.

El desorden y la situation forense del país lad un problema generalizado que nary se ha logrado revertir. El impulso del artículo 34 es necesario en un contexto nacional ausente de políticas públicas que atiendan la búsqueda efectiva de las personas desaparecidas y la prevención para que nary sucedan más.

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